viernes, 7 de diciembre de 2012

Anteproyectos de reforma de codigo procesal civil y código procesal laboral ya estan apunto de ser aprobados por la Asamblea Nacional


Contenido del Código Procesal Civil de Nicaragua

El Código Procesal Civil de la República de Nicaragua, constituye un instrumento que de manera general y en lo particular, responde a la protección estatal y reconocimiento de los derechos inherentes a la persona en cuanto a las garantías judiciales que nuestra Constitución Política establece y los instrumentos internacionales protectores de derechos humanos que les otorga plena vigencia, para resguardo de los derechos de los justiciables en el proceso civil.

El Código Procesal Civil supone una innovación respecto del sistema procesal vigente, establece un nuevo modelo donde predomina la oralidad, llámese proceso mixto por audiencia, con ello se pretende que la administración de justicia sea más expedita y eficiente, pronta y cumplida, para los usuarios de la justicia en Nicaragua.

El nuevo proceso civil, traerá un cambio radical en cuanto al desarrollo del proceso, teniendo como base su simplificación, se abandona el proceso escrito rogado y se entra en un modelo procesal dinámico, únicamente se deja escrito la demanda y contestación y algún trámite incidental.

El Código se divide en dos apartados y ocho libros: Disposiciones Preliminares y Principios;  Libro Primero: Disposiciones Generales;  Libro Segundo: La Prueba; Libro Tercero: Medidas Cautelares; Libro Cuarto: De los Procesos Declarativos;  Libro Quinto: Recursos:  Libro Sexto: La Ejecución Forzosa; Libro Séptimo: Procesos Voluntarios y Libro Octavo: Disposiciones Finales, Adicionales, Reformatorias, Derogatorias, Transitorias  y Vigencia.


ante proyecto de código procesal laboral

La Corte Suprema de Justicia, remitió el 19 de mayo 2011 a la Asamblea Nacional la iniciativa de Ley “Código Procesal Laboral Nicaragüense”, conforme el derecho de iniciativa que la Constitución Política le otorga a este Poder del Estado de conformidad con el artículo 140 # 3, y cumpliendo los requisitos contemplados en la Ley No. 606, Ley Orgánica del Poder Legislativo, publicado en El Nuevo Diario, en su edición del 29 de diciembre de 2006 y en La Gaceta, Diario Oficial No. 26 del 6 de febrero de 2007. La iniciativa consta de 159 artículos y 6 disposiciones complementarias, transitorias y finales.